Debido a una consulta en el post de las Iglesias y parroquias de Córdoba, decidí escribir este artículo sobre los requisitos, condiciones y pequeños grandes detalles que solicita la Iglesia Católica para la celebración del sacramento del matrimonio.
Si bien yo ya conté que ni loca me caso, me parece que quienes decidan hacerlo deberían estudiar la profundidad con la que la iglesia explica los deberes de los esposos, la enorme importancia del paso que se va a dar y el hondo compromiso que significa fundar una familia.
Les aseguro que vale la pena debatirlo en pareja y hacer una introspección conjunta sobre el significado de todo eso. Como perlita, les dejo este párrafo:
A partir de su compromiso, los esposos creyentes viven su matrimonio como sacramento, es decir, como signo. El sacramento lo viven no sòlo el dìa que se casan, sino que debe permanecer cada dìa de sus vidas, en la medida en que se aman y dan testimonio del Amor de Cristo por su comunidad (Efesios 5,25-28).
Detalles y requisitos para el casamiento por iglesia
Templos
Los matrimonios cristianos se realizan exclusivamente en los templos parroquiales.
Si bien no encontré declaraciones de religiosos argentinos; en esta nota de un medio español, el obispo de la diócesis de Coria-Cáceres, Ciriaco Benavente, explica que los novios pueden elegir dónde casarse, pero el lugar debe estar consagrado. Así lo estipula el derecho canónico de la Iglesia Católica.
“Nosotros no impedimos que los novios elijan el lugar, que puede ser una ermita, pero en las licencias matrimoniales que se conceden se establece por escrito que el sacramento del matrimonio debe formalizarse en un lugar consagrado y no se dan licencias para espacios que no cumplen con esta condición”. explica el obispo.
Quién puede celebrar el matrimonio
Desde el punto de vista teológico, el matrimonio cristiano es un sacramento que los esposos se administran mutuamente. El sacerdote celebra la boda como testigo. El matrimonio es consumado, generalmente, por el párroco que oficia en la parroquia elegida. Pero la mayoría de las parroquias permite que cualquier otro sacerdote lo haga, previa autorización del párroco correspondiente.
Requisitos que deben cumplir los novios para casarse
1- Ser solteros para la iglesia (ningún miembro de la pareja puede tener otro matrimonio religioso anterior, salvo caso de nulidad del mismo).
Un matrimonio civil anterior de alguno de los novios con otra persona supone una autorización del obispo, que puede gestionarse a través de la parroquia que celebrará el casamiento.
2- Estar bautizados en la Iglesia católica. Como comprobante, los novios deberán presentar sus certificados de bautismo en la parroquia donde se efectuará el matrimonio.
3- Cumplir con el curso prematrimonial. Se accede a este requisito asistiendo a una serie de charlas en las que se tocan diversos temas que hacen al matrimonio cristiano y a la futura vida en común de los esposos. Estos cursos son grupales. Al finalizar, la parroquia que los ha dictado extiende a los novios el certificado correspondiente.
Requisitos que deben cumplir los padrinos
Absolutamente ninguno. Cualquier persona, independientemente de la religión que profese, puede ser padrino de la ceremonia religiosa
Trámites previos
1. El pase: la Iglesia determina que el matrimonio debe celebrarse en la parroquia que corresponde a la novia; es decir, la más cercana a su domicilio. En el caso de que los novios prefieran otra parroquia, deben dirigirse a la de origen para que ésta gestione un sencillo trámite que se denomina “pase”.
2. La reserva: una vez que los novios hayan decidido dónde casarse, conviene dirigirse de inmediato a la parroquia elegida para solicitar turno. En algunas, basta con hacer la reserva unas semanas antes; en otras, las fechas se establecen con un lapso de un año a seis meses de anticipación.
3. El expediente matrimonial: es un cuestionario doble. En la primera parte, cada uno de los novios por separado es interrogado acerca de sus motivos para casarse, su libertad o no al respecto y sus intenciones para el futuro. La segunda parte está dirigida a los testigos, que son convocados para dar fe de esa relación.
Acerca del expediente matrimonial, conviene saber que:
-Cuándo se realiza: la parroquia establece la cita con los novios y los testigos, generalmente unos días después de la reserva de la fecha. En el caso de que el casamiento vaya a efectuarse por medio de un pase, este trámite también puede llevarse a cabo en la parroquia de origen.
– Cuántos testigos se necesitan: uno por la novia y otro por el novio.
– Quiénes pueden ser testigos: cualquier persona mayor de edad, preferentemente no familiar de ninguno de los novios.
– Qué documentos deben presentarse: solamente los DNI de los testigos.
Acerca del curso prematrimonial
– Dónde se hace: no todas las parroquias ofrecen cursos prematrimoniales, aunque sí la gran mayoría de ellas. Conviene, por lo tanto, comunicarse con el lugar elegido para hacer averiguaciones al respecto.
– Qué tener en cuenta para la elección:
. La duración de los cursos (generalmente, una a dos horas, dos o tres veces por semana, durante quince días, pero hay cursos más intensivos a los que se asiste todos los días, dos o tres horas, durante una semana).
. El horario (en general nocturno).
– Cuándo hacerlo: depende de cuánto tiempo antes deban presentar el comprobante en la parroquia en la que celebrarán su matrimonio. Como norma, el lapso varía entre el año y los seis meses previos a la boda. Una vez evaluados estos factores, los novios pueden elegir libremente dónde hacer el curso prematrimonial.
Qué hacer si…
Uno o ambos novios no tienen el certificado de bautismo en su poder
Lo pueden conseguir fácilmente dirigiéndose a la parroquia en la que se celebró el bautismo, allí se extenderá la constancia correspondiente.
Si esta vía falla por algún motivo (desconocimiento de los novios, inexistencia actual de la parroquia, imposibilidad de acceder a la misma por razones de distancia, etc.), la persona puede realizar una declaración en la vicaría zonal para que su cualidad de bautizado sea reconocida.
Uno o ambos novios no están bautizados
Pueden optar por bautizarse antes del casamiento. El bautismo se obtiene mediante la asistencia a un breve curso, que puede realizarse en cualquier parroquia.
Uno de los novios profesa otra religión (y no desea bautizarse)
La iglesia ofrece un tipo de ceremonia especial que se denomina matrimonio mixto. En este caso, es necesario pedir una dispensa al obispo, que se puede tramitar a través de la parroquia donde se celebrará la boda.