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Dec 2008

Tarjeta o cédula Azul – Características y donde sacarla en Córdoba

Archived in the category: Documentación y trámites

¿Para qué sirve?
El titular del vehículo solicita al Registro de la Propiedad del Automotor en el cual está radicado el rodado la expedición de una o más Cédula/s Azul/es (Cédula/s de identificación para autorizado a conducir), a fin de instrumentar documentalmente la autorización a un tercero para usar el automotor.
Este autorizado a conducir deberá exhibir solamente la cédula azul para poder circular con el vehículo. No es necesario circular también con la cédula verde.

NOTA:
La Cédula Azul sirve también para salir con el automóvil a un país limítrofe en forma temporal.

¿Qué documentación se debe presentar para obtener la cédula/tarjeta azul?

Requisitos
1.- Documento de Identidad del titular (DNI, LC, LE) para acreditar su identidad.
En el caso de que la cédula azul sea solicitada por el representante legal del titular o un apoderado deberá presentar los instrumentos que acrediten la personería invocada.
En los supuestos en los cuales la firma en el formulario esté certificada por escribano público o por el Registro pero en una oportunidad anterior a la fecha de la presentación y sea otra persona quien presente el trámite ante el Registro, esa persona además, deberá presentar su DNI y un Formulario 59 (que entregará el Registro).

2.- Formulario “02” (que le entregarán en el Registro), en cuyo rubro “Observaciones” se consignará la leyenda “Cédula de identificación para autorizado a conducir” y a continuación el apellido, nombre, tipo y número de documento (DNI, LC, LE) de la/s persona/s autorizada/s a circular con el automotor. En caso de no ser suficiente el espacio en el formulario podrá adjuntar una hoja simple que se correlacionará al trámite, con firma del peticionario certificada por escribano público o por el Encargado del Registro.

También se podrán pedir estas cédulas azules cuando se solicite trámites con otros formularios por medio de los cuales deba expedirse una nueva cédula verde. En todos estos casos se abonará el arancel correspondiente a esta petición, pero no será necesaria la presentación de un Formulario 02 al efecto.

3.- Nota con carácter de declaración jurada con firma del solicitante certificada por escribano público o por el Encargado de Registro (que no percibirá por ello arancel alguno), en la que el titular manifieste, conocer que la autorización dada no modifica su responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se produzcan con el automotor en su carácter de dueño de la cosa, como asimismo declare conocer que esta Cédula confiere el mismo tratamiento que el asignado a la Cédula Verde a los efectos de permitir la circulación del vehículo dentro del país, así como el egreso temporario del mismo.

NOTA:
– Cuando el dominio tuviere registrado el uso “TAXI”, “REMIS”, “OFICIAL” o “PUBLICO”, el Registro deberá insertar en el reverso de esta Cédula un sello destacado con tal leyenda, según sea la que corresponda en cada caso. No se colocará sello que indique el uso del automotor cuando éste fuera “privado” o “particular”.

– En cualquier momento el titular registral podrá solicitar se deje sin efecto la o las cédula/s azul/es dadas para utilizar el automotor.

¿Cómo se hace el trámite para la obtención de la cédula/tarjeta azul?
1.- El titular o su apoderado se debe presentar en el registro de la radicación del rodado con su documento de identidad (DNI, LC o LE – el apoderado deberá presentar también el poder), requerir un Formulario “02” el cual firmará y su firma será certificada por el Registro para peticionar la cédula azul.
También deberá acompañar por una nota con carácter de declaración jurada en la que el titular manifieste conocer que la autorización dada no modifica su responsabilidad civil con el automotor.
2.- Abonar los aranceles correspondientes.
3.- Retirar la cédula azul. Podrá hacerlo cualquier persona que exhiba los recibos de pago del arancel.

¿Cuánto sale el trámite para obetener la cédula/tarjeta azul?
El valor total del trámite es de $55.- (cédula azul $25.- y certificación de firma $30.-)
Cédulas adicionales: $25.- c/u

Formulario 59: $40.-, en caso que el trámite lo realice un tercero.

IMPORTANTE: los formularios se entregan gratuitamente siempre que en el mismo acto se certifiquen las firmas en el Registro y se presente la documentación. Ver Item “Observaciones”.

Los aranceles son cobrados en los Registros Seccionales. La única forma de pago es en EFECTIVO.

¿Quién puede/debe efectuar este trámite?
El titular registral del automotor o su apoderado. En caso de condominio podrá efectuar esta solicitud cualquiera de los condóminos.

¿Cuándo es necesario realizarlo?
Cuando un tercero va a conducir un vehículo del que no es titular encontrándose la cédula verde vencida.
No obstante, no es obligatorio solicitar la autorización para conducir, en caso de que se encuentre vigente la cédula verde.

¿Qué vigencia tiene la cédula/tarjeta azul?
La cédula azul no tiene vencimiento.

¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacer el trámite?
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentar la documentación requerida y pagar el arancel.
2.- Retirar la/s cédula/s azul/es.

¿De qué organismo depende?
Del Registro Seccional de la radicación del automotor, que a su vez depende de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios de la República Argentina (DNRPA), Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

¿Cuánto tiempo pasa desde la solicitud hasta la entrega?
Dentro de los dos días hábiles administrativos.

Observaciones
DATOS SOBRE LOS FORMULARIOS:
Los Formularios serán provistas gratuitamente por el Registro Seccional, siempre que:
– El trámite sea presentado ante el Registro de la radicación, o el de la futura radicación si se peticiona también el trámite de Cambio de Radicación.
– Que el peticionario suscriba el Formulario ante el Encargado de Registro, quien le certificará su firma. Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto el Formulario en presencia del Encargado, quien procederá a su certificación.
Los Formularios deberán presentarse totalmente completos.
Los Formularios tienen una validez de 90 días hábiles administrativos a partir de la fecha de la primera certificación de firmas, salvo los que instrumentan el otorgamiento de derechos (“08”, “15”, “03”, etc.) que no tienen vencimiento pero transcurridos 90 días hábiles administrativos se abonará un arancel progresivo por mora.

CERTIFICACION DE FIRMAS EN LOS FORMULARIOS:
Las firmas del peticionario (y cuando correspondiere de su cónyuge) en los Formularios deberán estar certificadas por:
a) Encargado del Registro de la Radicación del automotor o donde se presentará el trámite o;
b) Escribano Público o;
c) Otros certificantes. Consultar a la Oficina de Asesoramiento de la DNRPA.

No se requerirá certificación:
– En los Formularios referidos a contratos de prenda con registro y sus trámites posteriores, cuando el acreedor sea el Estado, sus reparticiones autárquicas y los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, las instituciones financieras de carácter internacional de las que la República Argentina sea miembro y las sociedades cooperativas.
– Las firmas estampadas por los jueces, secretarios, personas autorizadas a diligenciar el trámite o letrados, en los Formularios que deban acompañarse con carácter de minuta, ni las que con el mismo carácter suscriban los Escribanos autorizantes de las transferencias celebradas por escritura pública o las suscriptas por éstos en los supuestos previstos para las transferencias realizadas con Formulario “08” especial.
– Las firmas estampadas en el Formulario “99” y en los formularios “57” y “59”.

¿Dónde se puede realizar?
En el Registro Seccional donde está radicado el automotor.

Fuente
Guía de los registros por provincia.

52 comments for “Tarjeta o cédula Azul – Características y donde sacarla en Córdoba”

1
aleksandroff

hola soy luciano de villa mercedes privincia de san luis y tengo una duda. En caso de que la tarjeta verde del automotor NO ESTE VENCIDA (dentro del año) en necesario lo mismo la tarjeta o cedula azul?
Aclaro que que auto esta a nombre mio y lo conduciria mi padre

January 15th, 2009 at 19:34
2
Dayana

Luciano,
La cédula azul es para que un tercero maneje tu auto, por lo tanto si o si debería tenerla aunque la tarjeta verde no esté vencida.
Saludos

January 15th, 2009 at 19:52
3
Jose

Excelente informe!

January 24th, 2009 at 10:19
4
Dayana

José,
Muchas gracias

January 24th, 2009 at 13:16
5
joni

el registro del automotor al q yo tengo q ir es el q sale en la cedula verde?

gracias, jonas

January 26th, 2009 at 11:59
6
Dayana

Jonás,
Si.

January 26th, 2009 at 12:31
7
Guillermo Luis

Sin nada mas que decir, excelente informe.
Muchas gracias por hacerlo disponible a las personas.

January 28th, 2009 at 10:35
8
Dayana

Guillermo,
De nada! 🙂

January 28th, 2009 at 14:46
9
vero

quisiera saber encaso de tener empleados que se manejen en varios vehículos, puedo hacer un permiso notarial de autorización en lugar de sacar todas las tarjetas azules para todos los empleados.

January 29th, 2009 at 6:36
10
Dayana

Vero,
Tengo entendido que el permiso notarial es una alternativa a la tarjeta. Trataré de averiguar del asunto.
Saludos

January 29th, 2009 at 9:19
11
Marco

Muchas gracias por la orientacion tan clara y completa que brindas, veremos como me va en el Registro. Saludos

February 3rd, 2009 at 10:49
12
fede

excelente informe

February 11th, 2009 at 9:28
13
Marco M.

Dayana, excelente informe.
Tengo una duda, en la nota se aclara lo siguiente:” […] Nota: A pesar de que en poder del titular la cédula/tarjeta verde no tiene vencimiento, para que un tercero circule con el automotor, la cédula debe estar dentro de su plazo de vigencia o contar con una cédula azul. […]”
Mientras que a Lucioano le respondes en un comentario: “La cédula azul es para que un tercero maneje tu auto, por lo tanto si o si debería tenerla aunque la tarjeta verde no esté vencida.”

Entiendo que si la tarjeta verde no està vencida no serìa necesario contar con la tarjeta azul para que un tercero circule con mi vehìculo.
Què es lo correcto ?
Muchas gracias.
Saludos. Marco.-

February 12th, 2009 at 7:06
14
Dayana

Marcos,
Mirá esa parte es un gris de la ley. Supuestamente la tarjeta verde nunca vence para un titular pero si para un tercero que maneje el auto. Pero la tarjeta azul es para que un tercero esté autorizado a manejar ese auto… entonces hacen falta las dos.
Por otro lado, y ese es un post que estoy debiendo, otra forma de autorizar a un tercero a manejar un vehículo es mediante un acta notarial.
Lo que la caminea de Córdoba exige es la tarjeta azul en los controles si no sos el titular del vehículo.
Es complicado y hasta suena extraño todo esto pero es así.
Saludos

February 12th, 2009 at 15:57
15
Marco M.

Hola Dayana, buenos días. Gracias por tu respuesta. Te cuento y les cuento a los lectores mi experiencia esta mañana en el registro. Fui directamente a renovar la tarjeta verde y consulte con el personal del lugar. Me dicen que podía circular un tercero con la tarjeta verde en vigencia, pero destaco la conveniencia del no vencimiento de la tarjeta azul para el titular de la misma, mientras que la tarjeta verde se debe renovar anualmente, por lo tanto solicite una tarjeta azul a un costo total de $55 el trámite, solo me solicitaron nombre y número de documento de la persona a autorizar, el titulo y mi dni.
Considerando que esto es lo que exige la caminera… estoy en regla.
Muchas gracias por tu pronta respuesta y felicitaciones por el sitio.
Saludos, Marco.-

February 13th, 2009 at 9:06
16
Dayana

Marcos,
Buena data, seguro que les servirá a quienes tengan que realizar el mismo trámite.
Gracias por volver y comentarlo.

February 13th, 2009 at 12:23
17
Cristina

Hola Dayana!! Muchas gracias por este blog, la informaciòn es muy util!!
Quisiera consultarte si sabrias algo al respecto de llevar mascotas en el auto.
Muchas gracias!!
Cristina

March 24th, 2009 at 20:44
18
Dayana

Cristina,
Anoto para averiguar sobre el tema.
Saludos

March 24th, 2009 at 21:16
19
Gustavo

Cuando me entregaron la tarjeta verde, me informaron que no vence nunca para el titular del vehículo, pero si para otro que no lo sea y por ello luego del vencimiento debe tramitarse una azul que lo autoriza. Ahora bien, si no entendí mal, ¿el amigo Marco M. sacó una azul para él mismo siendo el titular? si es así creo que a uno de los dos nos mintieron.
Mi duda es la siguiente: al estár vencida la T.Verde, ¿es necesario tener la azul cuando el titular va como acompañante?. Muchas gracias.

April 1st, 2009 at 17:52
20
Dayana

Gustavo,
No, por ahí no se entendió bien, pero Marcos la sacó para un 3ero a la tarjeta azul.
La tarjeta verde NUNCA VENCE para el titular, mientras que la tarjeta azul es para autoridad a un 3ero que maneje el auto.
En cuanto a tu pregunta, yo diría que el sentido común indica que no. Si vamos a lo práctico será cuestión de buena voluntad del policía que te pare en un control.
Saludos

April 2nd, 2009 at 15:50
21
Marcos B.

Gracias pro la informacion, pero no tengo bien claros esta situacion: Si la persona que tiene la cedula azul, no conduce el auto este puede ser conducido por otra persona?, viajando los dos en el vehiculo? o necesariamente el conductor tiene que tener cedula azul. muchas gracias.

April 4th, 2009 at 15:36
22
sebastian

Hola Dayana. En el caso de transferencia en tramite, en crdoba se puede circular con la tarjeta verde del titular anterior y certificacion de registro de automotor de transferencia en tramite? te pregunto porque en mi provincia si pero no quiero pasar por cordoba y que me saquen el auto…

May 17th, 2009 at 12:19
23
Dayana

MArcos,
La cédula azul te autoriza a manejar un vehículo que no es tuyo, por lo que, hasta donde yo entiendo, es para la persona que conduce solamente.
Sebastián,
No sabría decirte.

May 21st, 2009 at 18:49
24
omar514

estimada deyana, he isncripto un vehiculo 0 km en el registro aut. por error con factura “B” cuando corresponde “A” habra posibilidades de arreglar este problema, el tema es que no dispongo del IVA a favor. .

June 21st, 2009 at 15:27
25
matias

una consulta yo no soy el titular del auto y quiero sacar la targeta azul…puedo ir yo a retirar la targeta azul o debera ir el titular del auto?….muchas gracias

July 26th, 2009 at 20:42
26
Dayana

Omar,
Ni idea del tema, consultá con un contador o alguien de la concesionaria donde lo compraaste.
Matías,
En el post está explicado eso.

July 28th, 2009 at 0:42
27
sonia

como debo gestionar el tramite de una cedula azul de un autorizado que dejo de estarlo?

August 4th, 2009 at 15:24
28
Noelia

Dayana: Quiero comprar un auto y al pedir el informe de dominio figura que tiene cédula azul. Hblé con una gestora y me dijo que necesitaba que me entragaran la cédula para comprar el auto. Por qué es esto si dice que cuando se vende el automotor a ésta se le da de baja automáticamente. Espero tu respuesta. Besos

August 26th, 2009 at 19:00
29
magnolia

hola buen dia esta tarjeta azul tambien la deben tener los camioneros..gracias

September 12th, 2009 at 10:24
30
Dayana

Sonia,
Haciendo el mismo trámite por 2da vez.
Noelia,
No entendí la pregunta.
Magnolia,
Si, lodos los que conduzcan un vehículo de un tercero.

September 14th, 2009 at 10:58
31
Florencia

Tengo un auto cero kilometro. Tiene menos de un año. Cuando lo retire de la consecionaria me dijieron que durante el primer año no era necesario la tarjeta azul. El problema ahora es que me chocaron el auto. La conductora tenia su carnet y la tarjeta verde de mi auto. Pero no tarjeta azul. Yo no hiba con ella en el momento del accidente. Desde ya muchas gracias

September 21st, 2009 at 20:06
32
Dayana

Florencia,
¿No sería mejor que averigues con el seguro eso?

September 22nd, 2009 at 11:30
33
Mechi

Dayana, la autorización realizada por escribano público es totalmente válida. Y mucho más barata (podés autorizar a muchos conductores).
Gracias por el post.
Mechi

October 28th, 2009 at 17:11
34
Dayana

Mechi,
Es verdad, es una opción válida sobre todo para quienes tiene varios vehículos y conductores autorizados.

November 6th, 2009 at 15:41
35
Romina

Dayana, mi pregunta es la siguiente. El titular del vehiculo esta fallecido, aun no se inicio declaratoria de herederos. Que requisitos le piden a ese heredero que necesita sacar la tarjeta azul? Necesita primero la declaratoria? Si es asi, antes de que salga el auto de declaratoria, puede presentar alguna otra documental para que se le extienda la tarjeta para poder circular?
Aclaracion: El vehiculo solo estaba a nombre del titular fallecido.

November 10th, 2009 at 10:14
36
Dayana

Deberías consultar con el ente que emite la tarjeta en ese caso.
Saludos

November 10th, 2009 at 23:50
37
luciano

Hola, yo no soy titular del auto y tengo entendido que si el auto tiene menos de dos años de antiguedad, con la cedula verde del titular puedo andar. ¿es asi?
Gracias

December 9th, 2009 at 16:16
38
Maxi

Hola, mi consulta refiere a que mi mujer es la titular del auto, la tarjeta verde esta vencida y yo tengo tarjeta azul. En caso de un control estaria todo acorde a la ley? es decir, la caminera puede exigir (o si quiera pedirmela ) algo por la verde vencida?

December 31st, 2009 at 18:34
39
jorge

Dayana: en cuanto a la pregunta del post 31 no hace falta tarjeta azul o verde por que la Responsabilidad Civil que genera el vehiculo en un choque sigue estando tengan o no la tarjeta azul/verde, por ende la aseguradora debe responder igual.

ahora mi pregunta: a mi me prestaron un vehiculo 2006 de una concecionaria de autos hasta que llegue el que yo les compre, que me parece que va a llegar a fines de febrero y estamos a mediados de enero.
entonces resumiendo me encuentro con lo siguiente: tengo una tarjeta verde vencidasa, no conozco al titular ni lo conocere,por ende tampoco tarj azul ni acta notarial del titular, quiero salir a las sierras con mi esposa y mi hija. que hago?

Jorge
PD: exelente el Blog.

January 25th, 2010 at 7:21
40
jor

muy buena informacion, pero quisiera hacerte una pregunta te cuento mi situacion el auto esta a nombre de mi mama y de mi papa, mi papa fallecio y bueno por ende paso yo directamente como titular del auto tambien junto a mi ma, ahora la pregunta es si viajo con mi marido en el auto es necesario que tenga que sacar la cedula azul?? o yo viajando con el mas la cedula verde a nombre de mi mama y papa ya esta listo?

February 9th, 2010 at 23:03
41
Dayana

Jor,
No pasas a ser dueña de nada hasta tanto no haya un juicio sucesorio y cambie la titularidad del auto. Hasta ese momento el vehículo es de quien figura legalmente.
Vos y tu marido tienen que tener la cédula azul si van a viajar en el vehículo.

February 9th, 2010 at 23:11
42

Hola en esta web esta claro que si la cedula verde no esta vencida puede circular un tercero sin cedula azul por argentina.
y yo pregunto en donde figura lo contrario a esto
Nota:
A pesar de que en poder del titular la cédula verde no tiene vencimiento, para que un tercero circule con el automotor, la cédula debe estar dentro de su plazo de vigencia o contar con una cédula azul.
fuente: http://www.argentina.gov.ar/argentina/tramites/imprimir.dhtml?id=799
muy buena esta pagina gracias
Atee. jorge

March 16th, 2010 at 17:27
43
carolina

aleksandroff

hola soy luciano de villa mercedes privincia de san luis y tengo una duda. En caso de que la tarjeta verde del automotor NO ESTE VENCIDA (dentro del año) en necesario lo mismo la tarjeta o cedula azul?
Aclaro que que auto esta a nombre mio y lo conduciria mi padre
January 15th, 2009 at 19:34
2
Dayana

Luciano,
La cédula azul es para que un tercero maneje tu auto, por lo tanto si o si debería tenerla aunque la tarjeta verde no esté vencida.
Saludos
January 15th, 2009 at 19:5

EN RESPUESTA A ESO… TE INFORMO QUE MIENTRAS LA TARJETA VERDE NO ESTE VENCIDA… EL AUTO LO PUEDE CONDUCIR CUALQUIER PERSONA SIN TARJETA AZUL.
LA TARJETA VERDE NUNCA VENCE PARA EL TITULAR.
Y SI VA A COMPAÑADO EL CONDUCTOR POR EL TITULAR, NO HACE FALTA LA TARJETA AZUL.
SALUDOS

March 20th, 2010 at 11:10
44
Dayana

Carolina,
Al menos en Córdoba, se exige la tarjeta azul a pesar que la verde no esté vencida.
Saludos!

March 20th, 2010 at 21:34
45
jorge

Hola otra vez, si leemos el diario nos informamos “hay que leer” la gente habla pero no lee…
Nota DIARIO CLARIN: Esta nueva tarjeta, denominada oficialmente como Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir, es opcional porque si uno quiere puede seguir entregando la verde a quien le preste el auto. Pero esta no debe estar vencida porque en ese caso la ley dice que no puede conducir una persona distinta al propietario: si la policía lo encuentra en esa situación, le puede hacer una multa por infracción
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2006/03/04/sociedad/s-06001.htm

March 22nd, 2010 at 13:20
46
Dayana

Jorge,
Como dije más arriba, la Policía Caminera lo pone como requisito. Lo de la tarjeta verde está en discusión porque hay legislación que se contradice en el tema.
La tarjeta verde en ningún lugar dice que el titular del vehículo autoriza a un tercero a manejarlo, entonces ahí está el conflicto legal.
Saludos!

March 22nd, 2010 at 14:43
47
Denise

En caso de haber perdido la tarjeta azul que se hace? El tramite es el mismo para sacar duplicado que para sacarla por primera vez?

March 27th, 2010 at 14:25
48
jose

con respecto a la obligación de circular con la tarjeta verde o azul hay que tener en cuenta lo vencido no cuenta y obliga de esta manera a hacer las transferencias de los rodados Reg.Jurd. autom

April 13th, 2010 at 13:56
49
JAVIER

Tengo una moto registrada en un registro de cordoba, y vivo en Buenos Aires. Como hago para transferir la moto a un registro de capital federal??
Por otro lado, alquien sabe como se hace para que una persona que vive en el exterior haga un poder a otra para poder vender la moto. Como son los pasos y quien debe sellarlo.
Gracias,
Javier

April 22nd, 2010 at 17:34
50
santiago

Mi consulta es muy simple. ante un accidente, teniendo la tarjeta azul a mi nombre, y la tarjeta verde. como actua la ley??

April 28th, 2010 at 10:42
51
Viviana

Quiero consultar si el titular puede hacerle una tarjeta azul a un extranjero que no posee D.N.I. y que tiene carnet de conducir vigente otorgado en chile y con validez en todo el mercosur ? Es decir, podria tener tarjeta azul con numero de RUN chileno (seria como un D.N.I.) cuyos digitos en numeros son 8 acompañado de un guion y otro numero….
Atenta a sus comentarios
Atte.
Viviana

April 29th, 2010 at 10:01
52
Dayana

Viviana,
No sabría decirte, tenés que consultar en el ente emisor.
Saludos!

April 29th, 2010 at 13:05
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